En el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial, se informa a la opinión pública que el anteproyecto de ley de autoría de la senadora (s) Susana Andrade (Lista 711 Frente Amplio), orientado a establecer sanciones administrativas de carácter económico frente a actos de discriminación étnico-racial, se encuentra actualmente a estudio con el objetivo de ser puesto a consideración del Parlamento en breve.
La iniciativa propone incorporar a la Ley N.º 17.817 un régimen específico de sanciones administrativas -incluyendo apercibimientos, multas económicas y, en casos graves, suspensión de actividades- aplicable a personas físicas y jurídicas que incurran en conductas discriminatorias por motivos de color de piel, ascendencia étnico racial u origen nacional.
Entre los aspectos centrales se destacan la tipificación de actos de discriminación en ámbitos cotidianos como el acceso a bienes y servicios, el empleo y los espacios públicos; la graduación de multas entre 10 y 500 Unidades Reajustables en función de la gravedad del hecho; y la creación de un procedimiento administrativo que garantice el debido proceso, el derecho de defensa y el control judicial ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
Asimismo, se prevé que el producido de las multas sea destinado a un fondo específico orientado a la promoción de políticas públicas de prevención y erradicación del racismo y la discriminación.
La propuesta surge ante la constatación de que, si bien el país cuenta con un marco normativo relevante en la materia, persisten vacíos que dificultan una respuesta eficaz frente a prácticas discriminatorias que no alcanzan el umbral del delito penal, pero que igualmente vulneran derechos fundamentales.
“Este anteproyecto busca dotar al Estado de herramientas concretas, ágiles y proporcionales para actuar frente al racismo en la vida cotidiana. No se trata de crear nuevos delitos ni de limitar la libertad de expresión, sino de garantizar el derecho a la igualdad y a la dignidad de todas las personas”, expresó Andrade.
La iniciativa se enmarca en los compromisos internacionales asumidos por Uruguay, incluyendo la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención Interamericana contra el Racismo, así como en el proceso internacional de fortalecimiento de políticas hacia personas afrodescendientes.
A 25 años de la Conferencia Mundial de Durban y en el contexto del Segundo Decenio Internacional para las Personas Afrodescendientes recientemente impulsado por Naciones Unidas, la propuesta reafirma la necesidad de avanzar en medidas concretas acordes a compromisos de Gobierno, que consoliden una sociedad más justa, inclusiva y respetuosa de la diversidad. Se prevé que, culminada la etapa de estudio, el anteproyecto sea presentado formalmente para su tratamiento parlamentario en el corto plazo.

Contacto: Cel. +598 099215451- maesusanaandrade@gmail.com

MULTAR EL RACISMO O CUANDO LOS DERECHOS DEJAN DE SER SÓLO DECLARACIONES
Cada 21 de marzo, en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial, las sociedades democráticas reafirman un compromiso que, en los hechos, aún está lejos de cumplirse plenamente: que todas las personas sean tratadas con equidad en el goce de sus derechos cívicos, más allá de particularidades, justamente por el derecho fundamental inherente a ser personas. Uruguay no es ajeno a esa tensión.
Es mucho tiempo 25 años de la Conferencia de Durban que sigue siendo el principal instrumento de la ONU para combatir el racismo, la xenofobia y la intolerancia. Aunque impulsó políticas globales, su conmemoración destaca la persistencia del racismo estructural, el discurso de odio digital y la necesidad de acciones reparadoras. Nuestro país ha construido una sólida tradición jurídica en materia de derechos humanos y cuenta con normas relevantes, liderando la Ley N.º 17.817, que declara de interés nacional la lucha contra el racismo y toda forma de discriminación. Sin embargo, entre la declaración de principios y la vida cotidiana persiste una brecha incómoda, pero evidente.
El racismo no siempre se manifiesta en actos extremos o delitos penales.
Muchas veces se expresa en gestos más sutiles, pero igualmente lesivos: la negativa de acceso a un servicio, el trato desigual en un comercio, la exclusión en el ámbito laboral, el hostigamiento en espacios públicos. Son situaciones frecuentes, normalizadas, que rara vez encuentran una respuesta efectiva del sistema jurídico.
Ahí radica uno de los principales problemas: cuando una conducta discriminatoria no alcanza el umbral del delito penal, el Estado queda prácticamente sin herramientas para actuar. Y cuando el Estado no actúa, el mensaje que se instala es de naturalización implícita de la conducta racializada y violenta.
Frente a este vacío, la incorporación de sanciones administrativas -como multas económicas- no es una innovación extravagante, sino una herramienta necesaria y ampliamente utilizada en otros ámbitos de la vida social. El derecho administrativo sancionador existe precisamente para eso: para intervenir de manera proporcional, ágil y efectiva ante conductas que afectan derechos sin requerir necesariamente la vía penal.
Aplicar sanciones económicas a actos de discriminación no implica criminalizar la opinión ni limitar la libertad de expresión. Implica, en cambio, establecer con claridad que hay conductas concretas -negar un servicio, discriminar en el empleo, humillar por razones raciales- que tienen consecuencias. Y que esas consecuencias no son simbólicas, sino reales.
Además, este tipo de medidas cumple una función que va más allá de la sanción: tiene un efecto pedagógico y disuasivo. Las normas no solo castigan; también moldean comportamientos, marcan límites y contribuyen a construir estándares sociales de convivencia. Influyen en las costumbres y en la cultura ciudadana.
El debate de fondo, entonces, no es jurídico sino político y ético: ¿queremos una equidad social de real convivencia en el respeto a los derechos humanos de toda la población, efectiva, tangible; o meramente declarativa? ¿Estamos dispuestos a dotar al Estado de herramientas concretas para intervenir cuando esa igualdad es vulnerada?
Uruguay ha asumido compromisos internacionales claros en esta materia. La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención Interamericana contra el Racismo no solo exhortan a reconocer el problema, sino a adoptar medidas eficaces para prevenirlo y sancionarlo. Otros países de la región y fuera de ella han adoptado tales medidas. En ese sentido, avanzar en mecanismos administrativos no es solo una opción legislativa; es también una forma de cumplir con obligaciones ya asumidas.
A más de dos décadas de la aprobación de la Ley 17.817, y en un contexto internacional que vuelve a poner en el centro la agenda de las personas afrodescendientes, el desafío es dar un paso más. No se trata de romper con lo construido, sino de actualizarlo.
Multar el racismo no es una medida punitiva aislada. Es, en esencia, una señal política: la de una sociedad que decide no mirar hacia otro lado. La de un Estado que asume que la igualdad no se garantiza únicamente con declaraciones, sino también con mecanismos efectivos de protección.
Porque la dignidad no puede depender de voluntades subjetivas. Debe estar respaldada por ley.