El poeta Mohamed Alí Alí Salem, representante del Frente Polisario en Argentina, afirma que “el Sahara no es marroquí. En la misma Constitución marroquí no hay ninguna autonomía para ninguna región marroquí. ¿Cómo puede dar al Sahara, que nunca ha sido marroquí, algo que no está en su Constitución?”.
Cuatro años después, Sánchez tiene una prueba contundente de la ingratitud de la monarquía alaui: Marruecos le disputa encarnizadamente el Monte submarino Tropic, también conocido como Las Abuelas de las islas Canarias, situado en la Provincia de Montes Submarinos de las Islas Canarias al suroeste de las mismas, al norte de Cabo Verde y a 490 kilómetros del territorio de la República Árabe Saharaui Democrática ocupado ilegalmente por Marruecos, a 269 millas náuticas (unos 499 kilómetros) al sur de la isla El Hierro, entre mil y cuatro mil metros de profundidad, está uno de varios montes submarinos (un tipo de montaña volcánica submarina) en esta parte del Océano Atlántico, rico en materiales de la tecnología de futuro como telurio, cobalto y tierras raras, considerado reserva estratégica por la Unión Europea, suficiente cobalto, según las estimaciones del proyecto europeo que la exploró, para fabricar 277 millones de coches eléctricos.
Tropic es un volcán casi circular de unos 50 km de diámetro que tiene una distancia de más de 3000 metros desde el fondo del lecho marino, a 1000 mt bajo el nivel del mar, y una antigüedad de 119 millones de años. Su cima es una meseta plana. “A través de los años se han ido acumulando partículas de unos minerales que son los óxidos de manganeso, que tienen la capacidad de absorber del agua marina pequeñas fracciones de metales. De ahí la riqueza que tiene en minerales”, explica Javier González Sanz, investigador científico del Instituto Geológico y Minero de España.
Lo más importante que hay en Tropic son las costras de manganeso, los nódulos polimetálicos y los fosfatos.
En 2017, un equipo británico que exploró Tropic, estimó que allí podría haber 2.670 toneladas de telurio, alrededor del 10% de la reserva mundial de ese metal, des el mayor yacimiento conocido.
El tema es que el yacimiento está fuera de la Zona Económica Exclusiva (200 millas) tanto de España como del territorio de la RASD ocupado ilegalmente por Marruecos. Está a 269 millas náuticas de la isla de La Restinga, pero las demás montañas de la cadena si están dentro de la ZEE española.
La Convención del mar permite que si un país demuestra que su plataforma continental, la prolongación natural de su territorio bajo el agua se extiende más allá, puede pedir ampliarla hasta las 350 millas náuticas. España lo pidió en 2014, presentó una nota en Naciones Unidas para extender la Plataforma de Canarias. En 2017 se publica lo del hallazgo del telurio, y en octubre de ese año Marruecos pone en marcha una iniciativa legislativa para incorporar (Ley No. 37.17 y 38.17) las aguas frente a la RASD, y el 22 de enero de 2020, la Cámara de Representantes lo vota.
Con ese planteamiento de Marruecos, los límites de las ZEE se unirían aunque sin llegar a donde está Tropic, pero el siguiente paso sería pedir la ampliación como hizo España, lo que la dejaría en una posición incómoda. Porque la reclamación marroquí llegaría desde aguas saharauis, que para las Naciones Unidas es un territorio pendiente de descolonización por parte de España, quien, como decíamos al principio, reconoció implícitamente la soberanía marroquí sobre ese territorio.
“Todavía no hay una explotación marina de alta profundidad en el mundo y no hay aprobado ningún código minero en este sentido. Aparte del coste económico tienes el coste ambiental, es decir, antes de hacer cualquier explotación hay que hacer una evaluación del medio ambiente y los daños que se pueden generar y como puede minimizar esos daños en caso de que fuera inevitable hacerlo, y además debe haber regulaciones estatales o internacionales” agrega González Sanz.
Claro que hay una tercera opción: que el yacimiento no quede en manos de Madrid ni de Rabat, sino de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos,
según lo establecido por la Convención de las Naciones Unidas
sobre el Derecho del Mar, aprobada el 30 de abril de 1982.
